lunes, 26 de noviembre de 2012

El Gobierno lo ejerce el pueblo junto con los supremos poderes

El artículo segundo de nuestra Constitución Política dice lo siguiente: “La soberanía reside exclusivamente en la nación”. Dicho en otras palabras y para que nos entendamos todos, la soberanía es la potestad que tenemos cada uno de los costarricenses, individual y colectivamente, de decidir sobre nuestro propio destino y en relación con los asuntos que competen a la sociedad en su conjunto.

En ejercicio de esa soberanía, en 1949, se acordó establecer un régimen político de tipo republicano. No acordaron los constituyentes, ni los ciudadanos que aprobaron la Constitución Política que éstos elaboraron, que el Estado costarricense se rigiera por una Aristocracia o por una Plutocracia; esto con el pesar de algunos políticos modernos que, probablemente, desearían que alguno de estos tipos de régimen político fueran los existentes en Costa Rica.

La República moderna tiene como base al régimen político que surgió después de la Revolución Francesa. Una de las ideas fundamentales que inspiró ese hito histórico fue la necesidad de distribuir el poder, tesis como las de John Locke y el Barón de Monstesquieu ayudaron a dar sustento ideológico a este tipo de organización política. La idea que ha prevalecido y que ha caracterizado al régimen republicano es: la no concentración del poder en ninguna instancia o persona.

La premisa de que la soberanía reside en cada costarricense y que en ejercicio de ésta, se decantó por un régimen político republicano, se refleja claramente en lo consignado en el artículo noveno de la carta magna que dice: “El Gobierno de la República es popular, representativo, participativo, alternativo y responsable. Lo ejercen el pueblo y tres Poderes distintos e independientes entre sí: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial”

Cada palabra de este texto constitucional tiene un significado en sí mismo. Primero nos indica que la República va tener un Gobierno, que no es lo mismo que decir tendrá una administración. El Gobierno es aquella instancia que toma las decisiones que a la administración le tocará llevar a la práctica. No es lo mismo, Gobierno que Administración.

Ahora bien, las personas que pasajeramente ejercen el Gobierno tienen que tener muy en cuenta las atribuciones que la Constitución Política les asigna. Al decir que es popular lo que significa es que, recordando a Lincoln, el Gobierno es del pueblo, para el pueblo y por el pueblo; desgraciadamente, muchos suelen olvidar este imperativo cuando se encuentran en los puestos de toma de decisión.

Por otra parte, cuando el artículo constitucional afirma que el Gobierno es representativo, no significa esto que el pueblo renuncia a su soberanía en función de su representante. La representación es una figura que se ideó cuando las comunicaciones eran precarias y había que elegir a una o varias personas para que representaran a los miembros de una población en los órganos de decisión colectiva; en la actualidad la situación que originó ese instituto político tiene menos sentido, especialmente, porque la incomunicación formal ya no es un obstáculo para saber qué temas se están debatiendo en los órganos de toma de decisión. En todo caso, los representantes ante los órganos de Gobierno deben tener presente, que su designación no es un cheque en blanco para hacer lo que les dé la gana.

La indicación de que el Gobierno es participativo evidencia que no puede, ni debe, dejar de tomar en cuenta a la ciudadanía. Cuando el pueblo se manifiesta está ejerciendo y reivindicando su participación en el Gobierno; sin embargo, hay personas que al parecer no saben, no se acuerdan, no entienden o simplemente quieren desconocer, el significado de estos conceptos fundamentales. La participación del pueblo no se reduce a votar cada cuatro años o a votar cada vez que se convoca a un referéndum, de ahí que sea necesario manifestarse para exigir esa participación ante aquellos que desconocer lo que indica el artículo noveno de la Constitución Política.

La alternancia del Gobierno muestra el deseo del constituyente y de la ciudadanía que votó el texto constitucional, de evitar la perpetuación de las personas en los diferentes puestos gubernativos. No me es ajeno que este es un punto caliente dependiendo del puesto que se esté considerando y de la coyuntura en que se plantee la alternancia; sin embargo, reitero lo que he dicho en otros artículos: la regla debería ser la posibilidad de reelección inmediata por un período igual al establecido para el puesto correspondiente y después, en caso que haya sido reelecto y una vez cumplido el segundo periodo, se le agradece a la persona su trabajo y la persona tiene toda la libertad y el derecho de dedicarse a lo que quiera.

Finalmente se consigna el artículo noveno que el Gobierno es responsable. La responsabilidad es para con el pueblo que exige decisiones que vayan en favor del bienestar colectivo; es decir, los que están en la toma de decisiones no deben perder de vista que su responsabilidad es para con todos los ciudadanos y no para con unos cuantos. El pueblo debe exigir en todo momento esa responsabilidad y no permitir que ninguna mala decisión pase desapercibida o que se olvide bajo el manto de la impunidad.

Pero como si fuera poco y, ¡para que no le falte!, la Constitución Política reafirma que el Gobierno lo ejerce el pueblo y el poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial. En otras palabras, les recuerda a las personas que están en esos puestos de decisión, que el ejercicio de sus cargos lo deben hacer tomando en consideración al pueblo.

De ahí que los ciudadanos tenemos el derecho y la obligación, cuando los miembros de los supremos poderes desconocen este mandato constitucional, de recordarles quiénes tenemos la soberanía en la República y que el pueblo no es un convidado de piedra a la hora de ejercer el Gobierno.

La manifestación pacífica es una de las tantas formas en que el pueblo reivindica esos postulados. Sin embargo, la historia nos enseña infinidad de ejemplos en que los pueblos se han revelado cuando los gobernantes no escuchan a su pueblo y pierden el respeto por aquellos que tienen la soberanía dentro de la República.

A los miembros de los supremos poderes, sin excepción, con todo respeto les digo: Tengan presente estos dos artículos de la Constitución Política y no pierdan la perspectiva. Los pueblos son pacientes pero un día, nunca se sabe cómo y por qué, pierden la paciencia; es decir, un día cualquiera se desatan acontecimientos, se desbordan las pasiones, se canalizan las frustraciones y el ser humano da rienda suelta a sus instintos más básicos.

O para decirlo a lo tico: No le jalen mucho el rabo a la ternera porque nadie sabe cómo puede reaccionar y qué daños puede provocar.
Artículo publicado en el Diario El País.cr, 26 de noviembre de 2012. (4)

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